Fines: Gestión de las uniones matrimoniales que se llevan a cabo en el Ayuntamiento, así como el registro municipal de parejas de hecho.
BASE JURIDICA
- Cumplimiento de una obligación legal: Art. 6.1 c) RGPD: El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento:
- Ley 35/1994, de 23 de diciembre, de modificación del Código Civil en materia de autorización del matrimonio civil por los alcaldes.
- Consentimiento del interesado: Art. 6.1 a) RGPD. Consentimiento de las personas afectadas (Registro)
CATEGORÍAS DE INTERESADOS
Personas relacionadas con las bodas civiles organizadas en el Ayuntamiento (cónyuges, testigos) y personas que se constituyen como pareja de hecho.
CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES
- Identificación: NIF/DNI; Nombre y apellidos; Dirección; Teléfono; Firma; Imagen/Voz; Firma electrónica.
- Características personales: Datos de estado civil; De familia; Fecha y lugar de nacimiento; Edad; Sexo; Nacionalidad; Lengua Materna y Características física o antropométricas.
- Circunstancias sociales: Características de alojamiento y vivienda; Propiedades y posesiones; Situación militar; Aficiones y estilo de vida; Pertenencia a clubes y asociaciones; Licencias, permisos y autorizaciones.
CATEGORÍAS DE DESTINATARIOS
Registros públicos; Administración pública con competencia en la materia.
TRANSFERENCIAS DE DATOS A TERCEROS PAÍSES U ORGANIZACIONES INTERNACIONALES
No existen transferencias de datos a terceros países.
PLAZOS PREVISTOS PARA LA SUPRESIÓN
Los datos se conservarán durante el plazo que resulte necesario para cumplir con la finalidad para la cual fueron recabados y durante el plazo en el que se puedan determinar posibles responsabilidades derivadas del propio tratamiento de los datos. Durante este período de conservación, los datos se mantendrán debidamente bloqueados.