La Dirección General de Catastro, dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, ha iniciado el 22 de febrero de 2016 un Procedimiento de Regularización Catastral, cuyos trabajos se extenderán hasta el día 30 de julio de 2017.
Dicho procedimiento consta de diversas fases, que se resumen en las siguientes:
- Modificación de la calificación tributaria de determinadas parcelas urbanizables, conforme a la Sentencia de 30/05/2014 del Tribunal Supremo (recurso 2362/2013), pasando a tener calificación tributaria rústica.
- Alta o modificación en bases de datos catastrales de construcciones y estructuras en suelo urbano y rústico que no hayan sido declaradas por sus titulares catastrales (estando por tanto en situación irregular).
Dichas actuaciones se comunicarán a los titulares afectados, así como el resultado final del procedimiento. Las personas responsables de los trabajos están acreditadas por la Dirección General de Catastro, y deberán portar documentación al efecto.
En el caso de altas de construcciones no declaradas, se emitirá una tasa de gestión de 60 euros, que será notificada directamente a los contribuyentes mediante documentación enviada por la Dirección General de Catastro. Por tanto, ninguna persona estará facultada para recaudar pago alguno por dichas tasas, que únicamente se ingresarán mediante la documentación remitida oficialmente.
Hay más información general disponible en la página web de la Dirección General de Catastro.