COVID-19: Actividades permitidas en Fase 2 del Plan de transición a una nueva normalidad

Sariegos - 07/06/2020

El municipio de Sariegos entra desde el día 8 de junio de 2020, en la "Fase 2" del proceso de transición hacia una nueva normalidad, regulada por la Orden SND/414/2020 del Ministerio de Sanidad. En esta fase se suavizan más restricciones pero otras permanecen. A continuación se muestra un resumen de los principales cambios y novedades introducidos por la Orden Ministerial SND/414/2020.

En todos los casos que siguen, se debe mantener siempre que sea posible las siguientes medidas de seguridad:

  • Distancia de 2 metros entre personas no convivientes
  • Higiene de manos: lavado frecuente con agua y jabón, o gel hidroalcohólico; no tocarse la cara sin lavarse
  • Conforme a la Orden SND/422/2020 se debe usar mascarilla en vías y lugares públicos, así como en lugares cerrados, cuando no sea posible mantener la distancia de 2 metros

1. Actividad laboral

  • Se recomienda fomentar el teletrabajo siempre que sea posible
  • En los casos donde no se realice teletrabajo, se deben evitar aglomeraciones, escalonando horarios
  • Se debe proveer a los trabajadores de materiales para limpieza y desinfección, así como formación en su uso
  • Se debe garantizar siempre que sea posible la distancia persona de 2 metros, o barreras de protección o equipos de protección en caso de que no sea posible

2. Desplazamientos

Se podrá circular dentro de la provincia sin restricciones de horario ni debiendo justificar un motivo. Cuando se produzcan entre personas que no convivan en la misma vivienda, los grupos no deberían superar las 15 personas.

Los desplazamientos entre provincias continúan restringidos a los motivos indispensables:

  • Sanitarios
  • Laborales
  • Profesionales
  • Empresariales
  • Retorno a la residencia familiar
  • Asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad
  • Causas de fuerza mayor
  • Situaciones de necesidad
  • Otras situaciones análogas a las anteriores

3. Horarios para actividad física

En el municipio de Sariegos se pueden practicar paseos o deporte a cualquier hora, sin limitación de distancia al domicilio o de veces al día. Dejan de existir limitaciones horarias para los paseos de menores de 14 años.

4. Velatorios y entierros

Pueden realizarse en todo tipo de instalaciones públicas o privadas, con los siguientes límites:

  • 25 personas al aire libre
  • 15 personas en espacios cerrados

En entierros y cremaciones, además puede asistir además un ministro de culto o similar (sacerdotes, etc).

5. Lugares de culto y ceremonias nupciales

Se abren con el 50% de su aforo habitual, debiéndose ubicar una persona por metro lineal en los bancos. No se pueden realizar actos de culto en el exterior de los edificios ni en la vía pública.

Las ceremonias nupciales se podrán realizar en espacios donde no se supere el 50% del aforo y en todo caso un máximo de 100 personas al aire libre o 50 personas en espacios cerrados.

6. Comercio

  • Pueden abrir todos los establecimientos y locales comerciales cerrados tras la declaración del estado de alarma, con hasta un 40% de su aforo habitual, debiéndose respetar esta limitación de aforo en cada planta, si tuviera más de una
  • Se debe establecer un horario de atención preferente para mayores de 65 años
  • Se deben garantizar las distancias mínimas entre clientes
  • En centros comerciales, las zonas comunes estarán limitadas a un 30% de aforo

7. Bares, restaurantes y hoteles

Los bares y restaurantes pueden abrir sus terrazas y locales con hasta un 50% de las mesas (en terraza) o 40% (en local) que tuvieran permitidas. El consumo en local solamente se puede realizar sentados en mesas (no barra). Los grupos de clientes pueden ser de un máximo de 10 personas. No se deben usar servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras o similares. No se permite la apertura de locales nocturnos o discotecas.

En hoteles se permite la apertura de zonas comunes con un 30% del aforo.